DGT sanciones alcohol

                       

Conducir con una tasa de alcohol superior a la establecida.

 

Valores mg/l aire aspirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad más de 0,3 mg/l)

6 PUNTOS

Valores mg/l aire aspirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l)

4 PUNTOS

Conducir bajo efectos estupefacientes, psicológicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

6 PUNTOS

Incumplir obligación sometimiento pruebas alcohol, estupefacientes, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos.

¡ Una infracción se puede convertir en un delito !

 

 El Congreso ha aprobado la reforma del Código Penal para que se fijen los límites concretos a partir de los cuales se considere delito conducir bajo los efectos del alcohol o bajo efectos de las drogas. estas medidas están en aplicación desde el 15/12/2007

El Código Penal tipifica la existencia de delito el conducir a a partir de 1,2 gramo de alcohol por litro de sangre, es decir, más del doble del límite máximo permitido, mientras que si el conductor da 0,5 gramos por litro de sangre la sanción sería administrativa.

Con el nuevo código penal, los condenados por delitos de tráfico no podrán ser indultados y se condenará a los conductores con más de 1,2 gramos de alcohol por litro de sangre a penas de cárcel, trabajos de interés general y supensión del permiso de conducir hasta 2 años.

En la actualidad los jueces están aplicando estas sanciones con penas agravadas en caso de homicidio.